PLAN de USO PÚBLICO del Parque Natural:
El Plan de Uso Público del Parque Natural, se define de acuerdo con los objetivos que figuran en la Ley de declaración, en particular los referidos a:
- Restaurar, en lo posible, los ecosistemas y valores del Parque Natural que hayan sido deteriorados.
- Garantizar la conservación de su biodiversidad y la persistencia de las especies de flora y fauna singularmente amenazadas, con especial atención a la cigüeña negra y al águila perdicera.
- Promover el desarrollo socioeconómico de las poblaciones del Parque Natural, basado en el uso sostenible de los recursos naturales, y mejorar su calidad de vida, de forma compatible con la conservación de sus recursos naturales, mediante políticas activas dirigidas a incrementar la población.
- Impulsar el conocimiento y disfrute de sus valores naturales y culturales, desde los puntos de vista educativo, científico, recreativo y turístico, fomentando un uso público ordenado y dotado del más minucioso respeto a los valores que se trata de proteger.
- Potenciar la identidad cultural y los valores tradicionales de los municipios del Parque Natural, estableciendo las medidas necesarias para la conservación y restauración de su patrimonio cultural, arqueológico, histórico y artístico.
El Modelo de Uso Público para el Parque se basa en un uso público dirigido, que busca la satisfacción del visitante proporcionándole una experiencia agradable y segura, haciéndola compatible con los objetivos de conservación de los valores que motivaron su declaración y favoreciendo la dinamización socioeconómica de las poblaciones del mismo. Se potencia el acceso peatonal, con tránsito libre de peatones en la mayor parte el Parque y con las excepciones que se establecen en algunas zonas concretas, se podrá transitar por los caminos señalizados y aquellos autorizados expresamente durante la época sensible.