BOCyL nº 115/2006: ACUERDO de 25/10/2005, de la Comisión Territorial de Urbanismo de Zamora, de aprobación definitiva de las Normas Subsidiarias de Planeamiento Municipal de Torregamones, consistente en la Modificación de la parcela mínima y edificabilidad máxima en Suelo No Urbanizable. Expte.: 208/05.

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Nº de Boletín:
115/2006
Fecha de publicación:
Jueves, 15 de junio de 2006
Sección:
IV. OTRAS DISPOSICIONES Y ACUERDOS
Subsección:
CONSEJERÍA DE FOMENTO
Organismo:
Comisión Territorial de Urbanismo de Zamora
Epígrafe:

ACUERDO de 25 de noviembre de 2005, de la Comisión Territorial de Urbanismo de Zamora, de aprobación definitiva de las Normas Subsidiarias de Planeamiento Municipal de Torregamones, consistente en la Modificación de la parcela mínima y edificabilidad máxima en Suelo No Urbanizable. Expte.: 208/05.

La Comisión Territorial de Urbanismo de Zamora en sesión celebrada el día 25 de noviembre de 2005 adoptó, entre otros, el siguiente acuerdo:

«Examinada la Modificación Puntual de las Normas Subsidiarias de Planeamiento Municipal de Torregamones, consistente en la modificación de la parcela mínima y edificabilidad máxima en Suelo No Urbanizable, en orden a su aprobación definitiva al amparo de lo establecido en el Art. 54 en relación con el Art. 58.2 de la Ley 5/1999, de Urbanismo de Castilla y León, de conformidad con lo establecido en la Disposición Transitoria Tercera.2, aprobado provisionalmente por el Pleno de la Corporación Municipal en sesión celebrada el día 3 de agosto de 2005.

Considerando que la Modificación pretende adaptar las condiciones de edificación en suelo no urbanizable (Arts. 5.2.2.2 Parcela mínima y 5.2.2.12. Índice de edificabilidad) a lo permitido por las Normas Subsidiarias de ámbito provincial.

Considerando que las determinaciones y documentación se ajustan, en general, a lo previsto en las citadas Ley y Normas, pero que, no obstante, se observan ciertos errores e imprecisiones, por lo que el documento presentado debe completarse y corregirse en los siguientes aspectos:

Art. 5.2.2.2. Parcela mínima.

Se mantiene la referencia de la redacción vigente a las parcelaciones posteriores. Se sugiere la siguiente redacción aclaratoria:

“Será de tres mil (3.000 m2), aplicable a las parcelas existentes en el momento de aprobación inicial de estas Normas (1/12/93). Para las parcelaciones posteriores se estará a lo dispuesto en los Arts. 5.1.4 y 5.1.5 anteriores y Art. 53 del Reglamento de Urbanismo de Castilla y León”.

Art. 5.2.2.12. Índice de edificabilidad.

Dado que, con la redacción propuesta para el artículo anterior, la parcela mínima para todos los usos es de 3.000 m2, sobra el párrafo primero del recuadro en letra pequeña, utilizado por las Normas Subsidiarias provinciales solo cuando es exigible la unidad mínima de cultivo.

Independientemente de lo anterior se recomienda aprovechar este trámite de corrección en los puntos siguientes:

Art. 5.1.4. Normas de aplicación en suelo no urbanizable.

Párrafo tercero sobre parcelaciones urbanísticas: Sustituirlo por una referencia actualizada al Art. 53 del Reglamento de Urbanismo sobre prohibición de dichas parcelaciones.

Art. 5.1.5. Parcela mínima.

Corregir el error detectado en la unidad mínima de cultivo, que para el término de Torregamones es de 6 Ha. en secano y 2 Ha. en regadío.

Considerando que las correcciones que han de efectuarse no suponen, en principio, la introducción de modificaciones de importancia, al amparo de lo establecido en el Art. 54.2.b) de la Ley 5/1999, por unanimidad se acuerda la aprobación definitiva de la Modificación Puntual de las Normas Subsidiarias de Planeamiento Municipal de Torregamones, consistente en la modificación de la parcela mínima y edificabilidad máxima en Suelo No Urbanizable, suspendiendo su ejecutividad hasta que se corrijan los defectos indicados, lo que deberá llevarse a cabo en el plazo de tres meses contados a partir de la recepción del presente acuerdo, debiendo remitir a esta Comisión tres ejemplares completos de las Normas debidamente diligenciados para que, comprobado por el Ponente y el Secretario la subsanación de las deficiencias, se proceda a la publicación del acuerdo en la forma legalmente prevista para su entrada en vigor. Expte. 208/05.»

Habiéndose subsanado las deficiencias indicadas, una vez comprobado por los técnicos correspondientes, de conformidad con lo acordado por la Comisión Territorial de Urbanismo, se considera aprobada definitivamente la Modificación Puntual de las Normas Subsidiarias de Planeamiento Municipal de Torregamones, consistente en la modificación de la parcela mínima y edificabilidad máxima en Suelo No Urbanizable, procediéndose a la publicación del acuerdo para su entrada en vigor.

Contra el presente Acuerdo se podrá interponer recurso de alzada ante el Excmo. Sr. Consejero de Fomento de la Junta de Castilla y León en el plazo de un mes a partir del día en que tenga lugar su notificación, o en su caso, a partir de la fecha de la última publicación en el «Boletín Oficial de Castilla y León» o en el «Boletín Oficial de la Provincia de Zamora», según lo dispuesto en los Arts. 48, 107.1, 114 y 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en la redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, de Modificación de la antes citada, en relación con el Art. 138.4 de la Ley 5/1999, de 8 de abril, de Urbanismo de Castilla y León, sin perjuicio de cualquier otro que se estime pertinente.

El Secretario de la Comisión Territorial de Urbanismo,

Fdo.: Fernando García Tomé

V.º B.º

El Delegado Territorial,

Fdo.: Óscar Reguera Acevedo

Descripción práctica:
Se indica que había que corregir unas erratas formales y que el ayuntamiento tenía un plazo concreto de tiempo para subsanar y reenviar el documento de nuevo. Una vez que el documento fuera enmendado y reenviado a la Comisión Territorial de Urbanismo de Zamora en el plazo establecido, la modificación de la parcela mínima y edificabilidad máxima en Suelo No Urbanizable quedaría aprobada definitivamente.
(Desconocemos si se siguió el procedimiento para que fuera aprobado definitivamente. Si alguien dispone de documento/enlace oficial que lo corrobore pueden enviárnoslo a redaccion@torregamon.es y lo publicaremos igualmente).
Enlaces al documento del BOCyL:
BOCyL nº 115/2006 de fecha de publicación 15 de junio de 2006: ACUERDO de 25 de noviembre de 2005, de la Comisión Territorial de Urbanismo de Zamora, de aprobación definitiva de las Normas Subsidiarias de Planeamiento Municipal de Torregamones, consistente en la Modificación de la parcela mínima y edificabilidad máxima en Suelo No Urbanizable. Expte.: 208/05. (formato PDF) (9 KB) BOCyL nº 115/2006 de fecha de publicación 15 de junio de 2006: ACUERDO de 25 de noviembre de 2005, de la Comisión Territorial de Urbanismo de Zamora, de aprobación definitiva de las Normas Subsidiarias de Planeamiento Municipal de Torregamones, consistente en la Modificación de la parcela mínima y edificabilidad máxima en Suelo No Urbanizable. Expte.: 208/05. (formato DOC) (25 KB)
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